En Guanajuato se propone crear un registro público de agresores sexuales de infantes, que las personas acusadas de violencia familiar no lleven el proceso en libertad y que el acoso sexual sea una falta administrativa grave, de acuerdo con tres iniciativas que presentó al Congreso la gobernadora, Libia García Muñoz Ledo.
A través de un video en vivo, la mandataria informó sobre las iniciativas para reformar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, el Código Penal y la Ley de Responsabilidades Administrativas.
“Continuamos trabajando cada vez con más fuerza, para erradicar y combatir la violencia en todas sus formas, pero muy especialmente aquella violencia que se ejerce en contra de nuestras niñas, niños, adolescentes y mujeres”, resaltó.
Las reformas plantean crear el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales que concentrará la información de las personas que hayan sido sentenciadas por cometer delitos sexuales contra infantes y adolescentes, explicó. Esta propuesta impacta a la Ley Orgánica de la fiscalía y al Código Penal.
Las agresiones sexuales contra menores de edad no pueden quedar impunes porque de por vida las víctimas quedan marcadas por un sufrimiento, argumentó.
“Quien los agreda debe saber que serán parte de un registro público que los va a identificar para evitar futuras agresiones” y tendrá que sufrir las consecuencias porque es lo justo, sentenció Libia García.
Agregó que propuso reformar el Código Penal para que las personas que cometan el delito de violencia familiar sean castigadas con severidad y lleven el proceso penal en la cárcel, sin que puedan acogerse al beneficio de la suspensión condicional.
“Que ningún agresor se escude en beneficios procesales que favorecen la reincidencia y que pueden terminar incluso en consecuencias fatales para las niñas, niños y mujeres víctimas de violencia”, argumentó.
La gobernadora también envió al Congreso una iniciativa para reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas para sancionar a los servidores públicos que incurran en acoso sexual.
El acoso sexual es un delito, pero no es una falta administrativa grave, lamentó.
Agregó que cuando una mujer es acosada por un funcionario, el agresor es despedido por otras causales porque la ley no contempla como falta esta conducta y eso no es justicia para la víctima.
“El acoso sexual cometido por personas servidoras públicas se considerará ya una falta grave, aún cuando sea un hecho aislado y no exista relación de subordinación”, puntualizó.
En el servicio público no se tolerará la violencia, ni el acoso u hostigamiento sexual, ni ningún tipo de agresión, sentenció.
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